Formato de las Traducciones Oficiales en Costa Rica

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¿Cuál es el formato que deben llevar todas las traducciones oficiales en Costa Rica? En esta sección le contamos sobre la forma que establece la ley que deben llevar todas las traducciones oficiales.  Si su pregunta es más bien ¿qué es una traducción oficial? y ¿quién necesita una? le recomendamos hacer click aquí para aprender más de ese tema.  De lo contrario siga leyendo para que sepa qué esperar cuando solicite una traducción oficial!

En Costa Rica, las traducciones e interpretaciones oficiales se rigen por la Ley de Traducciones e Interpretaciones Oficiales No. 8142 del 5 de noviembre de 2001 y el Reglamento a la Ley de Traducciones e Interpretaciones Oficiales, Decreto Ejecutivo No. 40824 del 13 de diciembre del 2017.  En esta normativa se establece la forma en que deben ser elaboradas todas las traducciones oficiales en Costa Rica.

A continuación le detallamos las principales características que deben tener las mismas -así, usted sabrá qué esperar cuándo solicita una traducción oficial:

  1. Debe estar impresa en papel de tamaño carta.  (Sólo excepcionalmente será posible la impresión de la traducción en papel tamaño oficio, cuando sea necesario por la finalidad que se persigue con el documento).
  2. Cada página debe tener numeración consecutiva y debe llevar la firma y sello del Traductor Oficial debidamente registrado en la Dirección Jurídica del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de Costa Rica.
  3. Cuando el documento original contenga cuadros, tablas, gráficos o formatos similares, la traducción oficial puede replicar el formato original del documento que está siendo traducido.
  4. Al final del texto de la traducción, en el renglón siguiente, se debe indicar la leyenda: «Última línea de la traducción».

Además de lo anterior, todas las traducciones oficiales deben llevar el encabezado dispuesto en el artículo 20 del Reglamento:

Yo, _______________________, Traductor Oficial del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República de Costa Rica, nombrado por Acuerdo Ejecutivo número _______________ del _____________ del año _______________, publicado en La Gaceta Número _________ del ____________ del año _______, certifico que en idioma español el documento por traducir, (especificación del documento) dice lo siguiente:»

También deben llevar el cierre establecido en el artículo 22 del mismo cuerpo normativo:

En fe de lo cual, se expide la presente Traducción Oficial del _______________ al español, comprensiva de _________ páginas.  Firmo y sello en la ciudad de _________ a los __________ días del mes de ____________ del año _______________. Se cancelan las especies fiscales de ley.»

En Traducciones Oficiales Costa Rica cumplimos con los requisitos exigidos por la Ley No. 8142 y contamos con el debido nombramiento y autorización del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de Costa Rica para efectuar Traducciónes Oficiales.

Contáctenos hoy para cotizar su traducción enviando un correo electrónico a karlssontranslations@gmail.com

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