Autenticación: ¿cuándo es necesario autenticar la firma del traductor oficial?

Muy frecuentemente nuestros clientes nos preguntan si deben autenticar la firma del traductor oficial.  Únicamente las traducciones oficiales destinadas al exterior requieren la autenticación de la firma del traductor oficial, esto según se indica en los artículos 4 y 16 de la Ley de Traducciones e Interpretaciones Oficiales No. 8142 y su Reglamento (Decreto Ejecutivo No. 40824), respectivamente.

Este trámite se realiza en el Departamento de Autenticaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de Costa Rica  (uno de los dos departamentos que componen la Dirección Legal de dicha institución), el cual es el encargado de dar fe de la legitimidad de las firmas de los documentos expedidos en el país y que vayan a surtir efectos jurídicos fuera de éste.

Dirección

El Departamento de Autenticaciones se encuentra en el costado norte del MRREE el cual está ubicado entre avenidas 7-9, Calles 11-13 en San José.

Es importante señalar que el trámite de autenticación de la firma del traductor oficial no es personal i.e. no requiere autorización para ser tramitado por otra persona.»

En Traducciones Oficiales Costa Rica cumplimos con los requisitos exigidos por la Ley No. 8142 y contamos con el debido nombramiento y autorización del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de Costa Rica para efectuar Traducciones Oficiales.

Contáctenos hoy para cotizar su traducción enviando un correo electrónico a karlssontranslations@gmail.com

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